La Cámara de Diputados de la provincia, bajo la presidencia del vicepresidente primero Walter Andrés Chávez y ante la ausencia de Pedro Cassani, otorgó media sanción al proyecto de ley que establece un régimen de concurso con carácter transitorio y excepcional destinado a docentes de determinados establecimientos educativos. La medida busca regularizar la situación de los trabajadores de la educación que, pese a desempeñar funciones durante años, aún no contaban con la titularidad correspondiente en sus cargos.

El proyecto contempla un concurso cerrado y por antecedentes, destinado exclusivamente al personal que actualmente cumple funciones en las instituciones mencionadas en la normativa. La iniciativa apunta a reconocer el trabajo sostenido de los docentes y otorgarles la estabilidad laboral necesaria para garantizar un desarrollo profesional justo, acorde con la legislación vigente.

Las instituciones alcanzadas por la propuesta son la Escuela N° 160 “Nuestra Señora de la Misericordia” (Nivel Primario), la Escuela Jardín N° 23 “Misericordia” (Nivel Inicial), y los establecimientos de jornada completa: Escuela N° 36 “Misia Antoñita Vázquez” de Curuzú Cuatiá, Escuela N° 431 “Cazadores Correntinos” de Monte Caseros y la Escuela Hogar “Presidente Juan Domingo Perón” de la ciudad de Corrientes. Según la diputada Ana Améndola, miembro informante de la comisión respectiva, la propuesta se sustenta en “la necesidad de celeridad para la posibilidad de dichas titularizaciones”.

El régimen excepcional contempla diversos cargos vacantes, entre ellos maestros de grado, maestros especiales en educación física, música, computación, plástica, inglés y educación especial; además de bibliotecarios, maestros de gabinete, odontólogos y secretarios técnicos. Todos ellos podrán acceder a la titularización “bajo las mismas condiciones de este concurso, teniendo en cuenta la titulación y antecedentes para cada cargo”, según establece el texto aprobado.

SENTIDO DE JUSTICIA Y RECONOCIMIENTO PROFESIONAL

El autor del proyecto, diputado Norberto Ast, destacó la relevancia de esta medida para garantizar un reconocimiento histórico a docentes que sostienen la educación en instituciones con características particulares. Al respecto, recordó el legado de la Escuela Misericordia, “desde sus inicios como asilo a la llegada de la querida directora Sor Asunta, quien fue reconocida por su labor con un monumento en Costanera y un barrio de la ciudad de Corrientes que lleva su nombre”.

Ast remarcó que “es de estricta justicia para los docentes, porque les permite ser titulares y jubilarse como tales”. En su exposición, subrayó que esta ley no solo reconoce derechos laborales sino también la dedicación de profesionales que, por las particularidades de los establecimientos donde trabajan, no habían podido acceder a los beneficios que otorga la titularidad.

En relación con las escuelas de jornada completa, el legislador explicó que “son establecimientos que tienen una modalidad absolutamente distinta, puesto que tienen jornada completa con capacidad de generar albergue”. Agregó que “la creación de estas escuelas fue mediante una ley nacional y que luego traspasaron a la provincia, pero que tampoco se ajustaron al Estatuto del Docente”. De este modo, señaló que muchos trabajadores quedaron durante años en condición de interinos, sin la posibilidad de acceder a un cargo estable.

El diputado también valoró la función social que cumplen estos centros educativos, afirmando que “los docentes que allí se desempeñan no solamente brindan conocimientos a los chicos, sino también otro tipo de cuestiones vinculadas con la contención, con el cuidado, inclusive con el albergue”. Enfatizó que “en estos tres establecimientos los que concurren son chicos que responden a sectores vulnerables, por lo tanto son especiales”.

TRANSPARENCIA, EQUIDAD Y DERECHOS LABORALES

El texto aprobado especifica en su artículo 2 que “el concurso del presente régimen transitorio tiene carácter cerrado, por antecedentes. Rige exclusivamente para el personal que se encuentre cumpliendo funciones en los establecimientos mencionados en el artículo anterior, como interinos al momento de entrada en vigencia de esta ley, incluidos aquellos que se encuentren adscriptos, en comisión de servicios o con licencia de cualquier naturaleza”. De este modo, la normativa fija con claridad las condiciones y requisitos para acceder al proceso de regularización.

El objetivo de la ley es dotar a las instituciones de un marco legal que garantice la estabilidad laboral de los docentes que han desempeñado sus tareas durante años, cumpliendo con los requisitos exigidos por las normas vigentes. Al establecer un procedimiento regulado y transparente, se busca fortalecer el sistema educativo y reconocer el compromiso de los trabajadores del sector.

Asimismo, la medida procura asegurar la transparencia en el proceso de ingreso y evaluación, mediante la oposición de títulos y antecedentes de idoneidad. De esta forma, se promueve un esquema que conjuga la justicia laboral con la calidad educativa, al tiempo que otorga tranquilidad y previsibilidad a los docentes en su carrera profesional.