El gobernador Juan Pablo Valdés firmó el Decreto N° 1470, mediante el cual quedó reglamentada la Ley N° 6731 de Recupero de Gastos de Servicios de Salud, una normativa destinada a fortalecer el financiamiento del sistema público sanitario mediante la recuperación de los costos derivados de las prestaciones brindadas a afiliados de obras sociales.
La medida establece un mecanismo orientado a optimizar el recupero de recursos por parte del Estado provincial, sin modificar el acceso gratuito a la atención para la población que utiliza los hospitales y centros de salud públicos.
La reglamentación responde al contexto actual del sistema sanitario provincial, que sostiene más del 80 por ciento de la demanda de atención en la provincia. En ese escenario, la actualización de los mecanismos de recupero de gastos busca adecuar el funcionamiento administrativo y financiero al incremento de las prestaciones de salud y a las condiciones del escenario económico vigente.
La normativa procura mejorar la capacidad del sistema para recuperar los recursos correspondientes a las atenciones brindadas a personas que cuentan con cobertura de obras sociales.
Uno de los principales instrumentos previstos por la reglamentación es la creación de un nomenclador hospitalario provincial. Este listado de valores de referencia permitirá establecer criterios uniformes para la facturación de las prestaciones realizadas en hospitales y centros de salud públicos a las distintas obras sociales. El objetivo es ordenar y transparentar los procedimientos administrativos vinculados con el recupero de costos, facilitando que los establecimientos sanitarios perciban de manera más eficiente los recursos que les corresponden por los servicios prestados.
IMPLEMENTACIÓN Y CAPACITACIÓN ADMINISTRATIVA
La normativa establece expresamente que la implementación del sistema de recupero de gastos no generará costos para quienes reciben atención en el sistema público de salud. En consecuencia, la gratuidad de las prestaciones continuará vigente para todos los pacientes, mientras que el recupero de los costos se limitará a las prestaciones brindadas a afiliados de obras sociales, preservando el acceso universal a los servicios sanitarios públicos.
Como parte de la puesta en marcha de la ley, el Ministerio de Salud Pública, a cargo de Emilio Lanari Zubiaur, desarrolló acciones destinadas a fortalecer los procesos administrativos vinculados con la facturación y el recupero de gastos.
A través de la Unidad Ejecutora Provincial, la cartera sanitaria organizó talleres de capacitación dirigidos al personal administrativo, específicamente admisionistas y facturistas de hospitales y centros de salud pública, con el propósito de optimizar los procedimientos relacionados con la gestión de las prestaciones y la recuperación de los recursos.
La reglamentación de la Ley N° 6731 incorpora un conjunto de herramientas administrativas destinadas a modernizar el sistema de recupero de gastos de los servicios de salud pública. Mediante la creación de un nomenclador provincial, la capacitación del personal responsable de la facturación y la actualización de los mecanismos de cobro a las obras sociales, la Provincia busca fortalecer el financiamiento del sistema sanitario sin alterar el carácter gratuito de la atención brindada en los establecimientos públicos.
