La Ley de Presupuesto de la Provincia de Corrientes para el ejercicio 2027 establece gastos totales por $4.867.761.361.745,67 para la Administración Central y los organismos descentralizados no autofinanciados, con una distribución de $3.717.349.124.153,55 para erogaciones corrientes y $1.138.064.818.143,12 para gastos de capital, además de $12.347.419.449 destinados a aplicaciones financieras.
En materia de ingresos, la estimación global alcanza el mismo monto e incluye $4.095.975.889.195,43 en recursos corrientes, $171.785.472.550,24 en recursos de capital y $600.000 millones en fuentes financieras.
La estructura presupuestaria comprende los fondos previstos para el funcionamiento del Estado, la prestación de servicios, las inversiones públicas y las operaciones financieras contempladas para el próximo ejercicio.
El balance financiero proyecta un resultado negativo de $587.652.580.551, mientras que la ley autoriza operaciones de crédito público interno o externo por hasta $600.000 millones para financiar obras de infraestructura y equipamiento.
También establece la posibilidad de otorgar avales a municipios por un máximo de $20.000 millones y emitir Letras de Tesorería hasta alcanzar un stock de $200.000 millones en circulación, con el objetivo de cubrir deficiencias estacionales de caja.
El servicio de la deuda pública tiene asignados $28.656.867.383, de los cuales $12.347.419.449 corresponden a amortización de capital y $16.309.447.934 al pago de intereses, comisiones y otros gastos. Estas previsiones diferencian las obligaciones financieras ya contempladas en el presupuesto de las autorizaciones para obtener nuevos recursos mediante operaciones de crédito.
PERSONAL Y PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES
La planificación para 2027 contempla una planta permanente de 52.204 agentes y una estimación de 30.342 trabajadores temporarios, con alcance sobre la Administración Central, los organismos descentralizados autofinanciados y no autofinanciados y las empresas del Estado. Además, se prevén 357.502 horas comunes y superiores para el sector público provincial.
En cuanto a los poderes del Estado, el presupuesto del Poder Judicial asciende a $259.666.616.535, integrado por $257.299.346.535 provenientes de recursos del Tesoro General y $2.367.270.000 de recursos con afectación específica, mientras que para el Poder Legislativo se establece una partida de $83.124.250.419. Estas asignaciones forman parte de la distribución de los recursos destinados al funcionamiento de las instituciones provinciales durante el ejercicio.
Entre los organismos descentralizados autofinanciados y las entidades con presupuestos específicos, el Instituto de Previsión Social (IPS) contará con $1.026.600.306.611 y la Dirección Provincial de Energía (DPE), con $652.399.339.505,36.
El Instituto de Obra Social de Corrientes (IOSCOR) tendrá asignados $297.254.775.590; el Instituto de Lotería y Casinos, $248.808.378.429; y el Instituto de Vivienda de Corrientes, $100.776.500.000. También se contemplan $18.866.034.160,30 para el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) y $5.167.380.000 para la Administración de Obras Sanitarias, identificada en la extracción presupuestaria como ente regulador.
Los montos corresponden a las previsiones consignadas para cada organismo y reflejan la distribución de recursos entre áreas vinculadas con la previsión social, la cobertura sanitaria, la energía, la vivienda y los servicios públicos.
CONTRIBUCIONES Y FACULTADES FINANCIERAS
El presupuesto fija en $78.959.743.111 el total de las contribuciones figurativas, distribuidas en $57.618.686.911 para gastos corrientes y $21.341.056.200 para gastos de capital. Entre las principales asignaciones se encuentran $31.729.635.085 para el Instituto de Cardiología y $31.358.092.825 para la Dirección Provincial de Vialidad, de los cuales $21.240 millones corresponden a gastos de capital.
El Instituto de Cultura tiene prevista una contribución de $8.033.672.686; el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente, $3.253.461.448; y el Centro Oncológico Anna Rocca de Bonatti, $2.373.780.347. El detalle también incluye partidas para el Instituto de Desarrollo Rural, el Instituto Provincial del Tabaco y la Agencia Correntina de Bienes del Estado, con asignaciones diferenciadas para gastos corrientes y de capital.
La ley otorga al Ministerio de Hacienda y Finanzas facultades para regular las cuotas financieras mediante el Sistema de Control Financiero y redistribuir créditos entre programas y partidas dentro de los límites establecidos. También autoriza la deducción de recursos de la Coparticipación Federal para garantizar el financiamiento educativo previsto en la Ley Nacional Nº 26.075.
